Qué es
Esta calculadora estima tu prestación contributiva por desempleo: cuánto cobrarás al mes y durante cuánto tiempo, a partir de los días que has cotizado y tu base de cotización.
La duración y la cuantía siguen las reglas del SEPE: necesitas al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años, y la prestación va de 4 meses a un máximo de 2 años.
Cómo se calcula
La cuantía parte de tu base reguladora mensual (el promedio de tus bases de cotización de los últimos 180 días; si no la conoces, la calculadora la aproxima como bruto anual entre 12). Cobras el 70 % de esa base los primeros 180 días y el 60 % a partir del séptimo mes.
El resultado se ajusta a los topes legales, que dependen del IPREM (600 € mensuales en 2026) y de tus hijos a cargo: máximo del 175 % del IPREM sin hijos, 200 % con uno y 225 % con dos o más; mínimo del 80 % sin hijos o 107 % con hijos.
La duración sale de la tabla oficial del SEPE: de 360 a 539 días cotizados dan 4 meses de paro, y cada 180 días cotizados adicionales añaden 2 meses, hasta el máximo de 720 días (2 años) con 2.160 días cotizados (6 años).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paro me queda si he trabajado 2 años?
Con 720 días cotizados te corresponden 8 meses de prestación (240 días). La regla rápida: por cada año trabajado, 4 meses de paro, hasta el máximo de 2 años.
¿Cuánto se cobra de paro?
El 70 % de tu base reguladora los primeros 6 meses y el 60 % después, siempre dentro de los topes: en 2026, entre unos 480 € y 1.050 € mensuales sin hijos (más con hijos a cargo).
¿Si me voy voluntariamente de la empresa cobro paro?
No: la baja voluntaria no da derecho a prestación, porque exige situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE...). Sí lo mantendrías si después de irte trabajas en otro empleo y ese termina.
¿El paro paga IRPF y cotiza?
Sí. La prestación tributa IRPF (aunque el SEPE suele retener poco o nada, ojo con la renta si ese año tienes dos pagadores) y el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social durante el cobro.
¿Qué pasa si encuentro trabajo antes de agotar el paro?
La prestación se suspende y conservas el derecho restante: si el nuevo trabajo termina, puedes reanudarla o, si has cotizado otros 360 días, elegir entre la antigua y una nueva.
Herramienta orientativa: no sustituye el asesoramiento laboral o fiscal profesional ni los cálculos oficiales de la Administración.