Qué es
Esta calculadora te dice cuántos días de vacaciones has generado según los meses que llevas trabajados en el año, y cuántos te quedan pendientes tras descontar los ya disfrutados.
Es especialmente útil si entraste a mitad de año, tienes un contrato temporal o vas a dejar la empresa y quieres saber qué vacaciones te deben en el finiquito.
Cómo se calcula
Las vacaciones se devengan de forma proporcional al tiempo trabajado: con los 30 días naturales anuales que fija el Estatuto como mínimo, generas 2,5 días por mes trabajado. Si tu convenio da más días, puedes ajustar el total anual y el devengo por mes se recalcula.
Los días pendientes son los devengados menos los ya disfrutados, sin bajar nunca de cero. Si terminas el contrato con días pendientes, la empresa debe pagártelos en el finiquito a razón de tu salario diario.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?
El mínimo legal son 30 días naturales al año (unos 22 laborables). Los convenios colectivos pueden mejorarlo, nunca reducirlo.
¿Si llevo 6 meses trabajando cuántas vacaciones tengo?
La mitad del total anual: con 30 días anuales, 15 días naturales. El devengo es proporcional, 2,5 días por mes trabajado.
¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de dármelas?
No mientras el contrato esté vivo: las vacaciones son de disfrute obligatorio. La única excepción es al terminar el contrato, cuando las pendientes se abonan en el finiquito.
¿Las vacaciones caducan si no las cojo?
Como regla general deben disfrutarse dentro del año natural y no se acumulan al siguiente, salvo pacto o situaciones especiales como incapacidad temporal o maternidad, que permiten disfrutarlas después.
Herramienta orientativa: no sustituye el asesoramiento laboral o fiscal profesional ni los cálculos oficiales de la Administración.